En virtud de las competencias descritas en el art. 21 Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, se aprueba la convocatoria para la contratación temporal, de una persona para cubrir las necesidades en asesoría económica en base a las siguientes:
En virtud de las competencias descritas en el art. 21 Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, se aprueba la convocatoria para la contratación temporal, de una persona para cubrir las necesidades en asesoría económica en base a las siguientes: