Aprobadas definitivamente las bonificaciones de la contribución territorial en la Cendea de Galar, solicitar antes del 1 de abril
A partir de 2026, algunas vecinas y vecinos de la Cendea de Galar podrán pagar menos contribución por su vivienda habitual.
El Ayuntamiento ha aprobado definitivamente una ordenanza que regula estas bonificaciones, dirigidas principalmente a familias y personas con menores ingresos.
El Ayuntamiento de la Cendea de Galar ha aprobado una nueva ordenanza que regula las bonificaciones del impuesto de contribución territorial, el impuesto municipal que se paga cada año por la vivienda. La medida busca adaptar la fiscalidad municipal a la situación económica de los hogares y apoyar a quienes más lo necesitan.
Estas bonificaciones pueden suponer una reducción de hasta el 90 % de la cuota del impuesto, siempre que se cumplan los requisitos establecidos y se trate de la vivienda habitual. La ordenanza está especialmente dirigida a familias numerosas, familias monoparentales o en situación de monoparentalidad, así como a personas perceptoras de Renta Garantizada, Ingreso Mínimo Vital o pensiones no contributivas.
El porcentaje de bonificación depende de la renta per cápita del hogar, es decir, de los ingresos anuales divididos entre el número de personas que viven en la vivienda. De este modo, el descuento se ajusta a la situación económica real de cada familia.
¿Cómo se calcula la bonificación?
La renta per cápita se obtiene sumando los ingresos familiares y dividiéndolos entre todas las personas que conviven en el domicilio.
Ejemplo orientativo:
Si en una vivienda viven 4 personas y los ingresos anuales son 24.000 euros, la renta per cápita sería de 6.000 euros por persona.
Según este cálculo, se aplican los siguientes tramos de bonificación:
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Menos de 6.000 € por persona → 90 %
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Entre 6.000 y 7.000 € → 70 %
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Entre 7.000 y 8.000 € → 50 %
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Entre 8.000 y 10.000 € → 30 %
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Entre 10.000 y 12.000 € → 15 %
Requisitos principales
Para poder acceder a estas bonificaciones es necesario cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:
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La vivienda debe ser la residencia habitual
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Todas las personas de la unidad familiar deben estar empadronadas en la vivienda
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Tener al menos un año de empadronamiento en la Cendea de Galar
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No superar los límites de renta establecidos
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Estar al corriente de pago con el Ayuntamiento
Documentación a presentar
La solicitud deberá ir acompañada, según el caso, de:
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Solicitud firmada
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Documento acreditativo de familia numerosa o monoparental, si procede
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Declaración de la renta o certificado de no obligación a presentarla
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Certificado de empadronamiento con una antigüedad mínima de un año
Aspectos importantes a tener en cuenta
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⚠️ La bonificación no se aplica de forma automática: es necesario solicitarla
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Solo puede aplicarse a una vivienda por titular
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El plazo para solicitarla finaliza el 1 de abril de cada año
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Para mantener la bonificación en años posteriores, es necesario actualizar la documentación
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Si se cambia de vivienda habitual, se pierde la bonificación y debe solicitarse de nuevo
Información práctica
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Entrada en vigor: 1 de enero de 2026
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Plazo de solicitud: Hasta el 1 de abril
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Dónde informarse y presentar la solicitud:
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Oficinas municipales del Ayuntamiento de la Cendea de Galar
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Web municipal
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Texto completo de la ordenanza disponible en el Boletín Oficial de Navarra (BON)
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La ordenanza reguladora de las bonificaciones del impuesto de contribución territorial fue aprobada inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento el 12 de noviembre de 2025. Tras finalizar el periodo de exposición pública sin alegaciones, quedó aprobada de forma definitiva el 30 de diciembre de 2025, entrando en vigor el 1 de enero de 2026.